miércoles, 19 de noviembre de 2008

El disparador (Parte II)

Esta es la segunda parte del mail, esta vez, supuestamente dirigido al Licenciado Alejandro Barbieri fechado en septiembre del 2008.

"Estimado Licenciado Alejandro Barbieri:Luego de las últimas noticias … le escribo el presente correo motivado por un lado por una mezcla de sentimientos negativos (decepción, tristeza, bronca) y por otro lado con el ferviente deseo de que esta organización nueva que es ARBA crezca en forma sana, vigorosa, que nos contenga a todos y que la relación entre los miembros de la misma sea cordial para lograr un ambiente propicio para relacionarnos mejor con el Ciudadano y cumplir adecuadamente la función social que tenemos.-Usted no me conoce … no tome esta inquietud como el reclamo de un adolescente rebelde sino como una expresión de alguien que lucha por lo suyo (honestidad, trabajo, identificación con la organización, dedicación, etc) cuando se da cuenta que los que debieran luchar por él no lo hacen porque están más preocupados en luchar por otro tipo de intereses.-Humildemente, creo que se está desaprovechando una oportunidad de ir a fondo en ARBA en lo relacionado con la administración de los recursos humanos, gracias a las limitaciones que impone la “querida” Ley 10430 de los empleados públicos de la Provincia pero también madre protectora de vagos, perezosos, ñoquis y pícaros.- Ley que por otra parte es la bandera de algunos dirigentes gremiales que entre sus funciones tienen la organización de repartos de correspondencia y entre sus ingresos cobrar contratos de ACARA y del Colegio de Escribanos.-Entrando en el tema … le voy a transcribir a continuación el párrafo final del correo que he enviado con una inquietud al Licenciado Arias allá por el mes de Abril preocupado por la distribución del Fondo Incentivo y anticipándome a lo que en definitiva ocurrió. Dicho correo usted lo leyó con detenimiento y al cual me respondió “En tal sentido le puedo comentar que estamos trabajando para reducir al mínimo las posibilidades de inequidad en la distribución”.Aquel párrafo escrito por mi en el correo adjunto citaba: “Bueno por último quiero manifestarle que si bien la presente inquietud parece fundamentalmente económica hay que tener en cuenta que la misma tiene otros aspectos no menos importantes como: 1) Que todos los agentes de fiscalización nos sintamos incentivados por el fondo lo que seguramente impactará en los resultados de la gestión y afianzará un sentido de pertenencia a la Organización de todos sus miembros, 2) Que la distribución del incentivo dentro de la Organización sea medianamente justa premiando la eficiencia, la dedicación, la innovación, la proactividad, el compromiso y no el mero hecho de que transcurra el tiempo siendo parte de la misma lo cual por otro lado ya está reconocido en la remuneración mensual y 3) Que la distribución del producto del trabajo entre los integrantes de una organización debe efectuarse con un mínimo de equidad lo que contribuye a que la relación entre los mismos sea fluida y cordial.”Lamentablemente … tengo que decirle con desazón, que con la manera en que se distribuyó el “fondo desincentivo” y como se fijó el Adicional ARBA ninguno se cumple para mí y para los agentes que están en una situación como la mía, por los motivos que voy a explicar en los párrafos siguientes.- Por supuesto que no se puede medir: a) cuán desincentivado está un agente y como va a afectar esto a la gestión, b) cuanto lo afectará al agente una distribución injusta de un incentivo (distintos montos para igual tarea) y que acciones va a tomar o dejar de tomar como consecuencia de ello ó c) cuanto se afectará la relación entre los agentes remunerados de manera injusta, etc.- Son todas cuestiones subjetivas que no van a tener un ratio o indicador que las mida pero obviamente las mismas van a influir en los resultados de la gestión, sino están influyendo ya.-Creo que alguien tiene que analizar QUE HACE hoy cada agente (puesto función) en la Organización y COMO LO HACE (desempeño) y por supuesto la remuneración debe estar relacionada en función a eso, mal que le pese a la “querida” Ley 10430 que premia solamente el transcurso del tiempo del agente en la organización.-
Como se lo explicité en el correo del mes de abril que está adjunto a este, luego de la última recategorización la pirámide organizacional de la parte de fiscalización en toda la Provincia que es lo que conozco (de Jefes de Departamento para abajo) ha quedado totalmente desvirtuada.- Es decir la gran mayoría de los Agentes que revisten las principales responsabilidades (Reemplazantes de Jefes, Responsables de Calidad, Supervisores de Inspección, Supervisores de Relatoría y Responsables Zonales de Operativo) como ingresaron de 1997 en adelante revisten categorías 10 ó 12, lo que genera inequidades en la remuneración todos los meses a igual tarea con los agentes que revisten categorías superiores (Ver ejemplos del correo del mes de abril/08 adjunto al presente).- Si a esto le agregamos que aparte de la remuneración mensual también el Adicional ARBA y el Fondo “Desincentivo” se otorgan por categoría y por antigüedad sin tener en cuenta el PUESTO FUNCION REAL que desempeña el Agente (el cual esta descripto en el Sistema de Gestión de Calidad) se llega a una injusticia realmente intolerable.- Esta problemática se da en los cargos de Jefe de Departamento para abajo, creo que para arriba en la pirámide organizacional si se ha resuelto tal situación lo que es totalmente coherente.- Es decir, si alguien con menos años en la organización es designado para un cargo de mayor responsabilidad lógicamente debe ser reconocido y remunerado en consecuencia mal que les pese a la “querida” Ley 10430 y sus fervientes defensores.-Seguramente en la mesa de negociación entre los que dirigen la gestión y los dirigentes gremiales tratando el tema de incluir en el adicional ARBA un monto asociado a los puesto función no reconocidos y detallados en el párrafo anterior, los últimos van a argumentar que son puestos no concursados.- Yo personalmente preferiría tener que concursar por mi puesto hoy mismo incluyendo en el concurso: a) Conocimiento del puesto, b) Sistema de Gestión de Calidad, c) Legislación aplicable a los tributos provinciales, d) Conducción y liderazgo de grupo, e) Análisis y resolución de problemas, etc con quienes se postulen si con eso se lograra poner fin a esta DISTRIBUCION INJUSTA DE RECURSOS EN LA ORGANIZACION.-A los efectos de clarificar y cuantificar paso a un ejemplo del dinero a cobrar en el mes de Septiembre en montos aproximados:Un Supervisor “A” Categoría 10 (Sueldo 2.400,00, Adicional ARBA $ 900,00 y Fondo $ 4.900,00) y Un Supervisor “B” Categoría 21 (Sueldo $ 5.500,00, Adicional ARBA $ 2.000,00 y Fondo $ 8.500,00). En totales aproximados ”A” $ 8.200,00 y “B” $ 16.000,00. Suponiendo que son igualmente eficientes “B” cobrará EL DOBLE POR EL MISMO PUESTO FUNCION, LO QUE ES SENCILLAMENTE INCREIBLE.-A esta inequidad manifiesta hay que agregar que “TODOS LOS MESES” desde la última recategorización los supervisores que ingresamos del año 1997 en adelante (Hoy categorías 10 ó 12) venimos cobrando la mitad que alguien que desempeña la misma función con categoría 21.- Es más venimos cobrando menos que agentes que tienen categorías altas (por el transcurso del tiempo en la organización) y desempeñan funciones de menor responsabilidad ya sea por decisión de algún superior, por cuestiones biológicas, por desidia, por decisión propia ó simplemente por falta de interés y motivación.-Quiero aclarar que el planteo no apunta a que si dos agentes desempeñan el mismo puesto función deben cobrar lo mismo. Obviamente que la antigüedad en la Organización debe ser reconocida pero no como en la actualidad en que la diferencia en los montos recibidos constituye un verdadero dislate que no resiste el menor análisis.-Cuando se plantea esto a los dirigentes gremiales, los mismos manifiestan que no nos preocupemos que ya vamos a ir recibiendo los aumentos de categorías cuando vaya transcurriendo el tiempo y por otra parte que hay compañeros que tienen muchos años en la organización y que si bien ya no tienen todas las pilas para trabajar nunca recibieron nada y pasaron épocas muy difíciles, etc, etc.- Con respecto a estos graciosos argumentos quiero decir: a) No me parece coherente querer conformar a alguien en este país donde no se sabe lo que va a pasar en 6 meses con noticias esperanzadoras a 20 años y b) Los agentes en la situación como la mía no entramos ayer, hace 10 años que estamos en la organización, nos adecuamos a los cambios tecnológicos de la misma, incorporamos sin problemas un cambio cultural para la organización como son las normas ISO 9000 y aparte también pasamos la crisis del 2001, la devaluación, el cobro en patacones, etc, etc, etc.-De conversaciones con agentes en la misma situación en otros departamentos de operación en la Provincia surge que cuando se plantea esta injusticia a través de los Jefes o personas que viajan a La Plata la respuesta es que se está hablando para el año que viene de dar un adicional por función para los Supervisores pero que todavía no se sabe para cuando (a partir de que mes), ni relacionado con que categoría, etc, etc.- La manifestación “a partir del año que viene” puede tener distintas interpretaciones: Un optimista podría pensar que se implementa y se cobra a partir de Enero de 2009, alguien moderadamente optimista podría pensar que algún día se va a dar pero que por ahora es solamente un tema de la agenda 2009 y un pesimista podría pensar que son cuentos chinos.- Independientemente de las versiones sobre el particular a mi me surge la curiosidad de por que dicha situación no se resolvió ahora que se están haciendo tantos esfuerzos para incluir conceptos en el Adicional ARBA (entre ellos los contratos de ACARA y del Colegio de Escribanos que se otorgaron oportunamente por funciones y/ó por portación de rostro) y en cambio un adicional por nuestro “puesto función” se sigue postergando cuando realmente lo estamos desempeñando en la actualidad (algunas personas desde hace 6 años), está descripto detalladamente en el Sistema de Gestión de Calidad, se puede consultar en Internet, etc.-Quiero dejar en claro que esta inquietud no es un reclamo de categoría 21 para los Supervisores, sino alguna medida que tienda a sincerar la pirámide organizacional en la parte de fiscalización la que, como manifesté en el correo del mes de abril y en párrafos anteriores, está totalmente desvirtuada luego de la importante incorporación de agentes desde el año 1997 en adelante a los cuales se les asignaron los puestos de mayor responsabilidad.- Es decir no existe relación entre: 1) las tareas efectivamente desarrolladas por los agentes (puesto-función) y 2) la antigüedad de los agentes y las categorías de la Ley 10430 conceptos a los cuales van atadas en la actualidad las remuneraciones de ARBA (Sueldo, Adicional ARBA y Fondo “Desincentivo”).Si bien este planteo lo hago en forma estrictamente personal, se positivamente que la opinión es totalmente compartida por los agentes que están en la misma situación que yo desempeñando funciones en los distintos departamentos de fiscalización (hoy operación) y a partir de mañana lo voy a hacer circular para que se agreguen inquietudes y sugerencias.-Considero que si bien parte del contenido de este correo es incómodo y tal vez puede generar algún grado de conflicto lo hago con total convencimiento de que con verdad y justicia no hay que tener temor y por otra parte motivado por argumentos como los siguientes: a) Creo que sobre la injusticia no se puede construir nada, b) Que es para bien de la Organización y para que la misma se desarrolle en forma sana y armoniosa, c) Considero que es muy importante que TODOS nos sintamos parte de la Organización y se tienda a la cordialidad entre los agentes evitando se generen diferencias entre los mismos por injustas distribuciones de dinero y d) Es imprescindible lograr un ambiente propicio entre los agentes para cumplir adecuadamente la importante función que para la Sociedad tiene la Organización.
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A su disposición, atentamente.-"

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